La Justicia Federal declaró la invalidez del decreto del Poder Ejecutivo que suspendía la aplicación de la norma hasta que el Congreso determinara de dónde saldrían los fondos.
El juez que invalidó la suspensión
El amparo judicial que motivó el fallo de hoy había sido presentado por dos familias en representación de sus hijos, cada uno con Certificado Único de Discapacidad, según reportó la Agencia Noticias Argentinas. El recurso sumó el respaldo de asociaciones civiles y entidades vinculadas al sector en todo el país.
Además, el juez cuestionó los argumentos fiscales, recordando que el Congreso había habilitado al jefe de Gabinete a realizar las reasignaciones necesarias y que, desde diciembre de 2023, ya se habían efectuado más de diecinueve modificaciones presupuestarias para otros fines.
La sentencia destacó la especial vulnerabilidad de las personas con discapacidad, principalmente en niños y adultos mayores, así como también y la obligación del Estado de adoptar medidas de protección reforzada invocando jurisprudencia de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana que exigen evitar cualquier retroceso en derechos sociales.
Finalmente, el juez González Charvay ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, declaró inválida la suspensión dispuesta por el Decreto 681/2025, impuso costas al Estado y dispuso publicar la decisión en el Registro Público de Procesos Colectivos. La decisión judicial reafirma los límites constitucionales al Poder Ejecutivo cuando se trata de derechos sociales fundamentales.










